La residencia para teletrabajadores internacionales es una residencia que pueden solicitar los extranjeros de terceros países (no nacionales de países la UE) que se desplacen a España para desde aquí trabajar de forma remota. La actividad laboral o profesional se debe prestar para empresas radicadas fuera del territorio español.
Esta residencia ha entrado en vigor hace relativamente poco y ha tenido muy buena acogida por los extranjeros que cuentan con la posibilidad de teletrabajar.

Ventajas de la residencia para Teletrabajadores Internacionales
: Podemos decir que este tipo de residencia tiene varias ventajas, de las cuales vamos a citar las principales:
- Permite al extranjero residir en España en compañía de su familia.
- Los familiares también pueden trabajar.
- El tiempo de residencia en España le computa como período de residencia a los efectos de solicitar la nacionalidad española por residencia transcurrido el plazo establecido por el Código Civil, según la nacionalidad del extranjero.
- Con este tipo de residencia puedes estudiar en España, así como desplazarse libremente para hacer turismo por los Estados miembros de la Unión Europea.
Requisitos para solicitar la residencia para teletrabajadores Internacionales
Entre otros, para obtener este visado de residencia como teletrabajador internacional (nómada digital) se deben reunir los siguientes requisitos:
- No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos de estos países.
- No encontrarse irregularmente en territorio español.
- Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.
- Tener medios económicos necesarios para sufragar los gastos de estancia y regresoy, en su caso, los de sus familiares.
- Contar con un seguro público o privado de enfermedad.
- No padecer ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusiones de salud pública graves.
Documentación a aportar para la residencia para teletrabajadores Internacionales
El solicitante debe reunir una serie de documentos, que citamos a continuación:
- Copia del pasaporte completo o documento de viaje en vigor.
- Justificante de haber abonado la tasa correspondiente.
- Formulario de solicitud firmado por el teletrabajador.
- Acreditación de relación laboral/profesional mínima de tres meses a la fecha de la solicitud con la empresa/empresas extranjeras con la que mantiene dicha relación.
- Acreditación de actividad real y continuada durante al menos un año de la empresa extranjera con la que el trabajador mantiene relación laboral o profesional.
- Carta de la empresa extranjera, autorizando el desarrollo del trabajo en remoto desde España y las condiciones del puesto.
- Copia de la titulación relacionada con el desempeño del puesto o en su caso experiencia mínima sustitutiva.
- Certificado de cobertura de Seguridad Social (Si existe convenio con el país de origen) o alta en la seguridad social española acreditando al menos la solicitud de inscripción de la empresa extranjera ante la Seguridad Social.
- Certificado de antecedentes penales actual del país o países donde haya residido durante los últimos dos años.
- Seguro público o privado de enfermedad, excepto en el caso de alta en la Seguridad Social.
- Acreditación de los recursos económicos (medios de vida): Titular 200% de SMI; titular y un familiar 275% del SMI. Se requerirá un 25% del SMI por cada miembro adicional a las dos personas mencionadas.
- Otros documentos, si viaja con algún familiar.
NOTA: Cuando se aporten documentos de otros países deberán estar traducidos al castellano, así como legalizados o apostillados, según corresponda.
Dónde se solicita la residencia para teletrabajadores Internacionales
Puede solicitarse ante la Misión diplomática u oficina consular española en cuya demarcación resida el extranjero, y en cuyo caso se le otorgará una residencia por un año; o bien solicitar la residencia directamente estando en el territorio español. En este último caso, la residencia tendrá una duración de tres años.
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