Autorización de Residencia por traslado intraempresarial

La Autorización de Residencia por traslado intraempresarial es un tipo de residencia que se le concede a aquellos extranjeros que se desplacen a España en el marco de una relación laboral, profesional o por motivos de formación profesional, con una empresa o grupo de empresas establecida en España o en otro país.

Autorización de Residencia por traslado intraempresarial

La autorización de residencia por traslado intraempresarial tendrá dos modalidades:

  1. Autorización de residencia por traslado intraempresarial ICT UE: para directivo, especialista o para formación, desde una empresa establecida fuera de la Unión Europea a una entidad perteneciente a la misma empresa o grupo de empresas establecida en España.
  2. Autorización nacional de residencia por traslado intraempresarial: procederá en supuestos como, por ejemplo,  el traslado de trabajadores para la ejecución de un contrato (CSS), el traslado de trabajadores por una relación profesional (IPs), los casos en los que haya transcurrido la duración máxima del traslado prevista en el apartado anterior (tres años).

Dónde presentar la solicitud de residencia por traslado intraempresarial

Se presenta ante la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE); si se encontrase en España en el momento de la solicitud, una vez concedida la autorización de residencia deberá solicitar un visado.

Quién debe presentar la solicitud de residencia por traslado intraempresarial

Esta solicitud la debe presentar La empresa o entidad que acoge o desplaza o un representante de dicha empresa. En nuestro caso, como abogados presentamos estas solicitudes con Poder de la empresa contratante.

Documentación necesaria para la solicitud de residencia por traslado intraempresarial

  • Pasaporte
  • Seguro público o privado de enfermedad concertado con una entidad que opere en España
  • Certificado de antecedentes penales.
  • Acreditación de la existencia de una actividad empresarial real y, en su caso, la del grupo empresarial.
  • Titulación superior o equivalente o experiencia mínima profesional de 3 años.
  • Acreditación de una relación laboral o profesional, previa y continuada, de 3 meses con una o varias empresas del grupo.
  • Documentación que acredite el traslado.
  • Documentación que acredite la relación con la Seguridad Social y seguro de enfermedad si el trabajador no va a tener cobertura sanitaria pública.
  • Otros documentos, según el caso.

A tener en cuenta...

  • Con esta autorización se autoriza a residir y trabajar en España, con una validez en todo el territorio nacional.
  • Le concederán una autorización de residencia y trabajo, con la duración máxima del traslado, que será de 3 años en el caso de directivos o especialistas y de uno en el caso de trabajadores en formación.
  • Los titulares de esta residencia pueden solicitar residencia para sus familiares.

Si está interesado en esta residencia en España y necesita asesoría, no dude en contactarnos. En Legalyb Abogados somos expertos en extranjería e inmigración.

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